Monto Básico de Pensión (MBP)
Corresponde a los afiliados jubilados en una AFP que opten, voluntariamente, por ajustar el monto de la pensión hasta el Monto Básico de Pensión (S/. 150.00 nuevos soles), será igualmente aplicable a aquellos afiliados que accedan a una pensión de pensión de invalidez y beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.
Este beneficio resulta aplicable a las solicitudes presentadas desde el 23 de julio de 2009, aquellos afiliados acogidos al ex Nivel Base de Pensión (S/. 250.00 nuevos soles) mantendrán las condiciones de percepción de dicho beneficio, salvo que el afiliado decida optar por el cambio base.