Jubilación Anticipada por Labores de Alto Riesgo
Podrá acceder si está considerado en el grupo de trabajadores que realizan Labores que implican Riesgo para la Vida o la Salud, es decir, si labora directamente en trabajo pesado en alguna de las siguientes clasificaciones de actividad productiva:
- Extracción Minera Subterránea.
- Extracción Minera a Tajo Abierto.
- Centros de producción minera, metalúrgicos y siderúrgicos, expuestos a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad, según la escala de riesgos de las enfermedades establecidos en el decreto Supremo No. 029-89-TR, Reglamento de la Ley No. 25009, Ley de Jubilación minera.
- Actividades de construcción civil.
Los 2 regímenes de Jubilación Anticipada - Labores de Alto Riesgo que se contemplan en esta ley son:
Régimen Extraordinario de Jubilación Anticipada de Carácter Transitorio:
- Usted podrá acceder a este régimen si ha realizado trabajos pesados bajo las actividades mineras metalúrgicas, siderúrgicas y construcción civil estando expuesto a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad y siempre que cumpla con los siguientes requisitos de edad y años de aporte:
Requisitos |
| Labores Realizadas |
Al 31 de diciembre de 1999 |
Antes del 31 de diciembre de 2004 |
| Años de Exposición al riesgo |
Edad mínima |
Periodo mínimo de Trabajo predominante |
Años de Aportación |
| Minas Subterráneas |
No exigible |
40 años |
10 años |
20 años completos de aportación |
| En minas a tajo abierto |
No exigible |
45 años |
Centros de producción minera, metalúrgicos y siderúrgicos, expuestos a riesgos de toxicidad e insalubridad |
7 años 6 años 5 años 4 años 3 años 2 años
|
45 años 46 años 47 años 48 años 49 años 50 años
|
15 años |
| Construcción Civil |
No aplicable |
50 años |
Régimen Genérico de Jubilación Anticipada:
- Usted podrá acceder a éste régimen si, realizando actividades mineras, metalúrgicas, siderúrgicas y/o construcción civil, expuesto a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad, no cumple con los requisitos para el Régimen Extraordinario.Extracción Minera Subterránea
- Este régimen le permitirá adelantar la Edad de Jubilación Legal (65 años) en la medida que realice los aportes complementarios a su cuenta individual indicados en el siguiente cuadro:
Actividades Productivas Comprendidas |
Tasa de aporte Complementarios a la CIC* |
Anticipo a la edad legal de jubilación |
| Construcción Civil |
A la CIC + 2%=1% aportado por el afiliado + 1% aportado por el empleador. |
Su jubilación se anticipará 1 año por cada 36 meses de cotización. |
| Centros de producción minera, miras subterráneas, minas a tajo abierto, metalúrgico y siderúrgicos, expuestos a riesgos de toxicidad e insalubridad. |
A la CIC + 4%=2% aportado por el afiliado + 2% aportado por el empleador. |
Su jubilación se anticipará 2 años por cada 36 meses de cotización |
* Los aportes complementarios son compartidos proporcionalmente entre el trabajador y el empleador. La obligación del aporte complementario entra en vigencia a partir de octubre de 2002. |
Contando con al menos 36 meses de aportación complementaria, se reconocerá proporcionalmente meses adicionales de anticipo según la actividad:
Construcción Civil: Por cada 3 meses de aportación, 1 mes adicional de anticipo.
Centros de Producción Minera: Por cada 3 meses, 2 meses adicionales de anticipo.
Proporcionalidad en el Régimen Genérico - Ley N° 27252 |
| Construcción Civil (1 año por 36 meses) |
Minería (2 años por 36 meses) |
| Meses de aportación, adicional a uno (1) o más periodos completos |
Anticipo adicional en meses a la edad de jubilación alcanzada |
Meses de aportación, adicionales a uno (1) o más periodos completos |
Anticipo adicional en meses a la edad de jubilación alcanzada |
| 3 |
1 |
3 |
2 |
| 6 |
2 |
6 |
4 |
| 9 |
3 |
9 |
6 |
| 12 |
4 |
12 |
8 |
| 15 |
5 |
15 |
10 |
| 18 |
6 |
18 |
12 |
| 21 |
7 |
21 |
14 |
| 24 |
8 |
24 |
16 |
| 27 |
9 |
27 |
18 |
| 30 |
10 |
30 |
20 |
| 33 |
11 |
33 |
22 |
Vea documentos necesarios para el Trámite.
Descargue en PDF los documentos y requisitos para la Jubilación Anticipada por Labores de Alto Riesgo.