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Sábado 19 de mayo del 2012
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Transferencia de Fondos al Exterior

Si en algún momento usted decide emigrar del país de manera permanente, y siempre que cumpla con los requisitos y condiciones exigidas por las normas del SPP, usted, podrá solicitar de la manera más facil y cómoda que su Fondo de Pensión sea transferido a un Sistema Previsional en su nuevo país de residencia o a una cuenta bancaria (según su caso).

La Transferencia de Fondos al Exterior le permitirá contar siempre con una cobertura previsional que le será de gran ayuda al momento de su jubilación.

Según la modalidad de la entidad previsional del exterior en la cual usted tiene aportes, el traslado se puede realizar a la misma entidad previsional o a una cuenta bancaria.

A la fecha, hemos realizado Transferencias de Fondos a los países de: Alemania, Argentina, Australia, Austria, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Costa Rica, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, España, Estados Unidos, Francia, Gran Caimán, Holanda, Honduras, India, Inglaterra, Italia, México, Panamá, Reino Unido, Rumania, Suecia, Uruguay y Venezuela.

Afiliados Peruanos

El afiliado que desee iniciar este trámite deberá contactarse con nosotros a través de Telehorizonte desde Lima al 595-0005 y desde provincias gratuitamente al 0-800-44500.

Este trámite podrán realizarlo los afiliados del Sistema Privado de Pensiones que decidan solicitar que su fondo acumulado en su CIC sea depositado en una cuenta en el exterior.

Deberán residir permanentemente en el exterior y contar mínimo con 60 meses de aportación  a un sistema previsional en el exterior, con posterioridad a su salida del país.

El trámite es personal. De no ser posible la presencia física del afiliado para suscribir y presentar la solicitud de traslado de fondos, el afiliado podrá:

Si se encuentra en el país

  • Otorgar un poder por escritura pública ante notario público a favor de un tercero para que éste solicite la transferencia de fondos ante BBVA Horizonte (es indispensable que el poder sea específico - utilizar el texto proporcionado por BBVA Horizonte).
  • Documento de identidad del apoderado legalizado ante notario público.

Si se encuentra en el extranjero

  • Otorgar un poder por escritura pública ante el Cónsul Peruano (es indispensable que el poder sea específico – utilizar el texto proporcionado por BBVA Horizonte) en idioma castellano o traductor oficial
  • Documento de identidad del apoderado legalizado y aprobado ante notario público.

Afiliados extranjeros

El afiliado que desee iniciar este trámite deberá contactarse con nosotros a través de Telehorizonte desde Lima al 595-0005 y desde provincias gratuitamente al 0-800-44500.

Este trámite podrán realizarlo los afiliados del Sistema Privado de Pensiones que, cumpliendo con los requisitos de la ley, decidan solicitar que el fondo acumulado en su CIC sea depositado en una cuenta en el exterior.

Deberá ser afiliado con nacionalidad extranjera y contar con mínimo 36 meses de aportación a un sistema de pensiones en el exterior en un mismo país, adquiridos con anterioridad o posterioridad a su salida del Perú.

Si se encuentra en el país

  • Otorgar un poder por escritura pública ante notario público a favor de un tercero para que éste solicite la transferencia de fondos ante BBVA Horizonte (es indispensable que el poder sea específico - utilizar el texto proporcionado por BBVA Horizonte).
  • Documento de identidad del apoderado legalizado ante notario público.

Si se encuentra en el extranjero

  • Otorgar un poder por escritura pública ante el Cónsul Peruano (es indispensable que el poder sea específico - utilizar el texto proporcionado por BBVA Horizonte) en idioma castellano o traductor oficial
  • Documento de identidad del apoderado legalizado y aprobado ante notario público.​

Documentos que deberá presentar para realizar la transferencia de fondos

Documento de Identidad:

Si el expediente es presentado por un titular: Si el expediente es presentado por un apoderado:
Copia legalizada del carnet de extranjería y/o pasaporte ante notario​​ Copia legalizada del carnet de extranjería y/o pasaporte ante Cónsul Peruano en el exterior y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores​

En caso el documento sea presentado por un apoderado:

Instrumento de poder de acuerdo a indicaciones previas

Cuando el poder sea otorgado en el exterior​ Cuando el poder sea otorgado en el Perú​
La copia del documento de identidad del afiliado deberá ser legalizada por el Cónsul Peruano en el exterior y visado por Ministerio de Relaciones Exteriores.​ La copia del documento de identidad del afiliado podrá ser legalizada por notario público en el Perú.
  • Documento de identidad del apoderado legalizado ante notaria

Acreditación de salida definitiva del Perú:

Copia legalizada del pasaporte con sella de salida definitiva del Perú.

Si el afiliado realiza el trámite personalmente Si el trámite lo realiza el apoderado
Legalizado ante notario. Legalizado ante cónsul.
  • Original del documento expedido por la dirección general de migraciones y naturalización del ministerio del interior (DIGEMIN) que autoriza la salida definitiva del país del afiliado y dispone la cancelación de su visa de residente.

Evidencia de cese relacional laboral:

  • Certificado de Trabajo
  • La liquidación de los beneficios sociales firmada y/o sellada por el empleador
  • El certificado de retiro de la CTS
  • Documento que autorice el pago de la CTS
  • Carta de Renuncia con cargo de recepción del empleador
  • Carta de despido
  • Constancia de cese emitida por el Ministerio de Trabajo
  • Documento emitido por la oficina registral que evidencie:
    • No inscripción en el Registro de Personas Jurídicas correspondiente (Es decir, que la empresa ya no existe o nunca existió, porque todas las empresas tienen que estar inscritas en RRPP como personas jurídicas).
    • Liquidación de la empresa.
Acreditación de la situación previsional en el país de destino:


Constancia original expedida por la institución previsional del exterior en la que se evidencia lo siguiente:

Que el afiliado cuente con un mínimo de 36 meses de aportación a un sistema previsional en el país de destino con anterioridad o posterioridad a su salida del país. Detallar el período de aportaciones a este régimen previsional.
Que el sistema previsional otorga cobertura ante los riesgos de vejez o jubilación.
La modalidad bajo la cual opera la institución previsional: sistema de reparto (Fondo común o cuentas individuales).

Cuando el sistema es de Cuentas Individuales de Capitalización cuyo pilar;es de carácter obligatorio y se desea que el destino de los aportes sea una cuenta bancaria personal, se requerirá mostrar aportes paralelos.

Aportes paralelos: Si realizó aportes al SPP y en forma paralela a un sistema previsional del exterior, tendrá la opción a que, luego de abandonar definitivamente el país, su ahorro previsional sea trasladado a una cuenta bancaria personal.

Información del banco o entidad financiera:

Nombre y domicilio del banco o entidad financiera del exterior que recibirá los recursos por la transferencia del saldo de la CIC por parte de la AFP local.

Datos para la operación bancaria:

  • Nombre y domicilio del banco o entidad financiera del exterior que recibirá los recursos por la transferencia del saldo de la CIC por parte de la AFP local.
  • Swift code
  • ABA (EEUU), TRANSIT (Canadá), IBAN (Europa), CLABE (México), según sea el caso.
  • Número de cuenta
  • Tipo moneda (Soles, Dólares americanos, Dólares canadienses o Euros)
  • Titular de la cuenta
  • Banco corresponsal (de corresponder), e información de sus datos bancarios.
De corresponder transferencia a una cuenta personal Si el trámite lo realiza el apoderado
Tener en cuenta que debe corresponder al afiliado, considerando nombres y apellidos completos. (Indispensable adjuntar voucher para acreditar la titularidad de la cuenta). Tener en cuenta que debe corresponder a la cuenta indicada por la entidad previsional del exterior en la respectiva constancia.

En caso la transferencia se realice a un banco local se debe indicar los 20 dígitos requeridos para la operación y adjuntar voucher.

La cuenta de capitalización elegida para la transferencia de fondos puede pertenecer a cualquier banco del mundo.

Documentos provenientes del exterior

Legalización: Todos los documentos emitidos en el exterior deberán contar con la correspondiente legalización por parte del Cónsul del Perú en el país que corresponda  y el visado correspondiente en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Traducción de documentos: Todos los documentos no redactados en idioma español, deben contar con la respectiva traducción oficial en el Perú.

Documentos emitidos en el Perú

Legalización: El afiliado o el apoderado podrá presentar el original del documento emitido en el Perú o la legalización de la copia ante notario.

Vigencia de los documentos

  • Los documentos que brindan información requerida emitidos por las instituciones no deben tener una antiguadad mayor a un año.
  • Las legislaciones notariales o consulares no deben tener una antigüedad superior a seis meses.
  • Los poderes (Copias certificadas emitidas por registros públicos y/o testimonio de la escritura pública) deben tener una antigüedad no mayor a seis meses.

Firma presencial de la solicitud de Traslado de Fondos
La solicitud de Traslado de Fondos al Exteior debe ser firmada en presencia de BBVA Horizonte, autorizado por este trámite y responsable de recibir el legajo completo.

Entrega de constancia de Transferencia de fondos y documentos adicionales
Finalizada la Transferencia de Fondos, la constancia de dicha transferencia y los documentos adicionales serán puestos a disposición del cliente por 90 días en la Unidad de Servicio al Cliente donde se recibió el expediente.

Destino de los aportes

Ubique la modalidad de la entidad previsional del exterior en la cual usted tiene aportes en función a la carácterística de la misma, el Traslado de Aportes se puede realizar a la misma entidad previsional o a una cuenta bancaria.

TIPO DE ENTIDAD PREVISIONAL EN EL EXTERIOR? DESTINO DE LOS APORTES
Entidad previsional Cuenta bancaria personal.
Sistema bajo la administración de Cuentas Individuales - No existen aportes paralelos. X
Sistema que no opere bajo la administración de Cuentas Individuales, sin convenio con la AFP - Sistema de Reparto. X
Sistema bajo la administración de Cuentas Individuales. Si durante su permanencia en el Perú realizó aportes por el mismo periodo en el exterior - Aportes Paralelos. X
Sistema que opere bajo la administración de Cuentas Individuales cuyo pilar de capitalización individual no tenga la condición de obligatorio. X
Si se encuentra percibiendo pensión de jubilación y/o cumple con los requisitos para percibida. X

Los costos de las transferencias de los fondos de la AFP local a la institución de destino, mediante la participación de un banco intermediado local, será a cargo del afiliado.